eprintid: 5910 rev_number: 9 eprint_status: archive userid: 2 dir: disk0/00/00/59/10 datestamp: 2023-02-16 23:30:17 lastmod: 2024-05-03 23:30:32 status_changed: 2023-02-16 23:30:17 type: article metadata_visibility: show creators_name: Sánchez Erazo, Angie Gabriela creators_name: Cedeño León, Jorge Guillermo title: El intercambio de mercancías a través de la contratación electrónica ispublished: pub subjects: uneat_cs divisions: uninimx_produccion_cientifica full_text_status: none keywords: Contratación, mercancías, negocios, organizaciones, tecnología abstract: A través de este artículo abordaremos cuál es el impacto y desarrollo de la tecnología de la información, las comunicaciones, así como el avance de la tecnología de la información como es el Internet, que tiene una influencia considerable en la contratación internacional. La profundidad del cambio tecnológico y su aplicación en el comercio internacional se ha abierto a nuevas formas de hacer negocios y nuevos mercados. Para superar los obstáculos del tiempo y el espacio, los comerciantes de hoy en comparación con las formas tradicionales de contratación se adaptan con frecuencia hacia la contratación electrónica. El contrato electrónico tiene una característica común, su forma de celebración consiste en que todos sus intervinientes tengan conectividad y una computadora disponible para hacer la declaración negociable. Los contratos electrónicos son más beneficiosos y flexibles para las partes y producen el mismo efecto legal. Sin embargo, además de las ventajas anteriores, los contratos electrónicos también tienen los siguientes riesgos: La naturaleza técnica y jurídica que se debe abordar adecuadamente para generar confianza al consumidor. El comercio internacional, se ejecuta con medios normativos para aliviar estos problemas y se controla a nivel internacional por algunas organizaciones Intergubernamentales como (CNUDMI / UNCITRAL, OCDE, etc.) y privado (CCI), entre otras herramientas para regular la contratación electrónica. El método utilizado se basa en lo descriptivo, analítico y comparativo. date: 2021-07 publication: INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA MULTIDISCIPLINARIA pagerange: 336 refereed: TRUE access: open language: es citation: Artículo Materias > Ciencias Sociales Universidad Internacional Iberoamericana México > Investigación > Producción Científica Abierto Español A través de este artículo abordaremos cuál es el impacto y desarrollo de la tecnología de la información, las comunicaciones, así como el avance de la tecnología de la información como es el Internet, que tiene una influencia considerable en la contratación internacional. La profundidad del cambio tecnológico y su aplicación en el comercio internacional se ha abierto a nuevas formas de hacer negocios y nuevos mercados. Para superar los obstáculos del tiempo y el espacio, los comerciantes de hoy en comparación con las formas tradicionales de contratación se adaptan con frecuencia hacia la contratación electrónica. El contrato electrónico tiene una característica común, su forma de celebración consiste en que todos sus intervinientes tengan conectividad y una computadora disponible para hacer la declaración negociable. Los contratos electrónicos son más beneficiosos y flexibles para las partes y producen el mismo efecto legal. Sin embargo, además de las ventajas anteriores, los contratos electrónicos también tienen los siguientes riesgos: La naturaleza técnica y jurídica que se debe abordar adecuadamente para generar confianza al consumidor. El comercio internacional, se ejecuta con medios normativos para aliviar estos problemas y se controla a nivel internacional por algunas organizaciones Intergubernamentales como (CNUDMI / UNCITRAL, OCDE, etc.) y privado (CCI), entre otras herramientas para regular la contratación electrónica. El método utilizado se basa en lo descriptivo, analítico y comparativo. metadata Sánchez Erazo, Angie Gabriela y Cedeño León, Jorge Guillermo mail SIN ESPECIFICAR (2021) El intercambio de mercancías a través de la contratación electrónica. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA MULTIDISCIPLINARIA. p. 336.